# Ley General De Vida Silvestre - Artículo 66

Clave: LGVS
Artículo: 66
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 66
. Las áreas de refugio para proteger especies acuáticas podrán ser establecidas en sitios claramente definidos en cuanto a su ubicación y deslinde por el instrumento que las crea.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Vida Silvestre, artículo 66.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
