---
law_key: "LGeo"
law_title: "Ley De Geotermia"
article_key: "51"
article_label: "Artículo 51"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-51
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LGeo/articulo/51/"
---

# Ley De Geotermia - Artículo 51

<!-- mley:article law="LGeo" article="51" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS MODALIDADES PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS GEOTÉRMICOS
- Capítulo V - Otras Disposiciones

```text
Artículo 51.- El acuerdo a que se refiere el artículo anterior debe quedar formalizado en un convenio celebrado entre las personas titulares de las respectivas Concesiones y autorizado por la Secretaría, cuidando de evitar daños a terceros, de hacer prevalecer criterios de seguridad nacional, interés público, eficiencia en el aprovechamiento de los Recursos Geotérmicos, protección al medio ambiente, protección de la población y respeto a los pueblos originarios.

Para lo anterior, las personas concesionarias tienen un plazo de noventa días hábiles, contados a partir del acuerdo para desarrollar actividades de Explotación conjuntas, para presentar a la Secretaría el proyecto de convenio respectivo.

La Secretaría debe emitir los comentarios pertinentes o, en su caso, la autorización de este, dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la recepción del proyecto de convenio.

Si derivado del convenio que celebren las partes hay modificaciones a los títulos de Concesión, estas deben ser autorizadas por la Secretaría.

En caso de que las partes no lleguen a formalizar convenio a que hace referencia el segundo párrafo del presente artículo, la Secretaría debe determinar la forma en la que se puede llevar a cabo la Explotación conjunta.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LGeo sobre concesiones y uso de recursos públicos: El acuerdo a que se refiere el artículo anterior debe quedar formalizado en un convenio celebrado entre las personas titulares de las respectivas Concesiones y...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. El acuerdo a que se refiere el artículo anterior debe quedar formalizado en un convenio celebrado entre las personas titulares de las respectivas Concesiones y autorizado por la Secretaría, cuidando de evitar daños a terceros, de hacer prevalecer criterios de...

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 51 LGeo, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 51 ley de geotermia, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos, Autorizados

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 51 de LGeo.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Autorizados

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 51 de LGeo?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. El acuerdo a que se refiere el artículo anterior debe quedar formalizado en un convenio celebrado entre las personas titulares de las respectivas Concesiones y autorizado por la Secretaría, cuidando de evitar daños a terceros, de hacer prevalecer criterios de...

### ¿Para qué sirve artículo 51?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgeo.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGeo.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGeo.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
