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# Ley De Infraestructura De La Calidad - Artículo 100

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO TERCERO - DE LA METROLOGÍA
- TÍTULO PRIMERO - DEL SISTEMA DE METROLOGÍA Y LA METROLOGÍA CIENTÍFICA
- Capítulo III - De la Trazabilidad de las Medidas

```text
Artículo 100. Para el establecimiento de patrones nacionales de medida, el Centro Nacional de Metrología o los Institutos Designados de Metrología deberán:

I.	Solicitar al Secretariado Ejecutivo de la Comisión la inscripción de los proyectos de establecimiento de patrones nacionales de medida en el Programa. Solo podrán establecerse nuevos patrones nacionales de medida cuyos proyectos estén incluidos en el Programa del año de que se trate;

II.	El Centro Nacional de Metrología llevará a cabo una evaluación técnica de las características metrológicas del proyecto de patrón nacional de medida, para lo cual podrá solicitar la opinión técnica de otros integrantes del sistema de metrología, y

III.	Con base en esa evaluación técnica, el Centro Nacional de Metrología con el conocimiento de la Secretaría, autorizará el establecimiento del patrón nacional de medida de que se trate, debiendo solicitar su publicación en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad.
```

## Resumen corto

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Regla de LICal_010720 sobre competencia de autoridades: Para el establecimiento de patrones nacionales de medida, el Centro Nacional de Metrología o los Institutos Designados de Metrología deberán:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para el establecimiento de patrones nacionales de medida, el Centro Nacional de Metrología o los Institutos Designados de Metrología deberán:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 100 LICal_010720, competencia de autoridades, artículo 100 ley de infraestructura de la calidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LICal_010720, Comisión, Infraestructura de la Calidad, Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad, Programa, Secretaría, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 100 de LICal_010720.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad | 4 |
| Infraestructura de la Calidad | es el conjunto de iniciativas, procesos, instituciones, autoridades normalizadoras, organizaciones, actividades y personas que interactúan entre sí. Incluye una política nacional de calidad, un marco regulatorio y todos los sectores interesados que tiene como finalidad proporcionar resultados que garanticen los objetivos legítimos de interés público e impulsen el desarrollo y reactivación económica del país | 4 |
| Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad | a la solución digital donde se administrarán y ejecutarán de manera sistematizada los datos, procesos, trámites, servicios y actividades de normalización, estandarización, Evaluación de la Conformidad y metrología | 4 |
| Programa | al Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad aprobado por la Comisión | 4 |
| Secretaría | a la Secretaría de Economía | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 100 de LICal_010720?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para el establecimiento de patrones nacionales de medida, el Centro Nacional de Metrología o los Institutos Designados de Metrología deberán:

### ¿Para qué sirve artículo 100?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lical.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LICal_010720.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
