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# Ley De Infraestructura De La Calidad - Artículo 151

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO CUARTO - DISPOSICIONES FINALES
- TÍTULO CUARTO - DE LAS SANCIONES

```text
Artículo 151. Las Autoridades Normalizadoras en los ámbitos de su competencia deberán observar lo previsto en esta Ley.

Las violaciones a las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables por parte de las Autoridades Normalizadoras, se sujetará al régimen aplicable en materia de responsabilidades administrativas.

Con independencia de lo anterior, esos incumplimientos se harán del conocimiento de la Comisión para que dicte las medidas conducentes.
```

## Resumen corto

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Regla de LICal_010720 sobre competencia de autoridades: Las Autoridades Normalizadoras en los ámbitos de su competencia deberán observar lo previsto en esta Ley.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las Autoridades Normalizadoras en los ámbitos de su competencia deberán observar lo previsto en esta Ley.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 151 LICal_010720, competencia de autoridades, artículo 151 ley de infraestructura de la calidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LICal_010720, Comisión, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 151 de LICal_010720.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 151 de LICal_010720?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las Autoridades Normalizadoras en los ámbitos de su competencia deberán observar lo previsto en esta Ley.

### ¿Para qué sirve artículo 151?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lical.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LICal_010720.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
