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# Ley De Infraestructura De La Calidad - Artículo 27

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS INSTANCIAS ENCARGADAS DE LA NORMALIZACIÓN
- Capítulo IV - De los Comités Consultivos Nacionales de Normalización

```text
Artículo 27. Los Comités Consultivos Nacionales de Normalización desarrollarán las siguientes funciones:

I.	Conducir el proceso de normalización de las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas que les fueren presentadas por las Autoridades Normalizadoras;

II.	Constituir y coordinar a los subcomités o grupos de trabajo, necesarios para el desempeño de sus funciones;

III.	Elaborar su programa de trabajo;

IV.	A solicitud del Secretariado Ejecutivo de la Comisión entregar la lista actualizada de los miembros del comité, y

V.	Cualquier otra actividad relacionada con sus funciones que le sea encomendada por la Autoridad Normalizadora que lo presida o por la Comisión.
```

## Resumen corto

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Regla de LICal_010720 sobre competencia de autoridades: Los Comités Consultivos Nacionales de Normalización desarrollarán las siguientes funciones:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los Comités Consultivos Nacionales de Normalización desarrollarán las siguientes funciones:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 27 LICal_010720, competencia de autoridades, artículo 27 ley de infraestructura de la calidad, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LICal_010720, Autoridad Normalizadora, Comisión, Programa, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 27 de LICal_010720.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridad Normalizadora | a las dependencias o entidades competentes de la Administración Pública Federal que tengan atribuciones o facultades expresas para realizar actividades de normalización y estandarización | 4 |
| Comisión | a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad | 4 |
| Programa | al Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad aprobado por la Comisión | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 27 de LICal_010720?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los Comités Consultivos Nacionales de Normalización desarrollarán las siguientes funciones:

### ¿Para qué sirve artículo 27?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lical.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LICal_010720.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
