# Ley Del Impuesto Especial Sobre Producción Y Servicios - Artículo decimocuarto

Clave: LIEPS
Artículo: decimocuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
decimocuarto .
.- Durante el año de 1981, del rendimiento del impuesto por concepto de prestación de servicios telefónicos, se destinará el 40% a apoyar los programas de desarrollo de las empresas que se dedican al servicio telefónico a fin de que mejoren y amplíen dicho servicio incluyendo aquéllos de la Federación para las comunicaciones eléctricas de larga distancia y de telefonía rural. Este apoyo se hará a través del organismo que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en la forma que la misma determine.
México, D. F., a 19 de diciembre de 1980.- José Murrat , D. P.- Graciliano Alpuche Pinzón , S. P.- David Jiménez González , D. S.- Mario Carballo Pazos , S. S.-Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo
89
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta.- José López Portillo .- Rúbrica.-El Secretario de Hacienda y Crédito Público, David Ibarra Muñoz .- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Enrique Olivares Santana .- Rúbrica.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Especial Sobre Producción Y Servicios, artículo decimocuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
