# Ley Del Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores - Artículo 51 bis 4

Clave: LIFNVT
Artículo: 51-bis 4
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 51 bis 4
.- No podrán obtener financiamiento del Instituto las personas siguientes:
I
- Los miembros del Consejo de Administración y trabajadores del Instituto, sus cónyuges o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el segundo grado, así como aquéllas en las que participen como accionistas, administradores, gerentes, apoderados o comisarios. El Consejo de Administración podrá autorizar excepciones a lo dispuesto en esta fracción, mediante reglas de carácter general aprobadas por lo menos por tres consejeros de cada uno de los sectores, y
II
- Las que se encuentren en incumplimiento respecto de la ejecución de otra u otras construcciones de conjuntos habitacionales financiados por el Instituto.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores, artículo 51-bis 4.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
