# Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2025 - Artículo 14

Clave: LIF_2025_abro
Artículo: 14
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-03-10

## Texto vigente

Artículo 14
. Se aplicará lo establecido en
a los ingresos que por cualquier concepto reciban las entidades de la Administración Pública Federal paraestatal que estén sujetas a control en los términos de la
, de su Reglamento y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025, entre las que se comprende de manera enunciativa a las siguientes:
Instituto Mexicano del Seguro Social, y
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
II
as entidades a que se refiere este artículo deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y llevar contabilidad en los términos de las disposiciones fiscales, así como presentar las declaraciones informativas que correspondan en los términos de dichas disposiciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2025, artículo 14.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
