# Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026 - Artículo 27

Clave: LIF_2026
Artículo: 27
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 27
. Los estímulos fiscales y las facilidades administrativas que prevea la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2027 se otorgarán con base en criterios de eficiencia económica, no discriminación, temporalidad definida y progresividad.
Para el otorgamiento de los estímulos fiscales deberá tomarse en cuenta si los objetivos pretendidos pudiesen alcanzarse de mejor manera con la política de gasto. Los costos para las finanzas públicas de las facilidades administrativas y los estímulos fiscales se especificarán en el documento denominado Renuncias Recaudatorias a que se refiere el apartado A del artículo
28
de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026, artículo 27.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
