# Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026 - Artículo octavo

Clave: LIF_2026
Artículo: octavo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
octavo.
.- Los recursos que obtenga Lotería Nacional que deban concentrarse en la Tesorería de la Federación en términos de las disposiciones aplicables, se considerarán ingresos excedentes por concepto de productos y se podrán destinar por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a programas para la asistencia pública y social, así como para los programas presupuestarios que determine la persona titular del Ejecutivo Federal.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026, artículo octavo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
