# Ley De Ingresos Sobre Hidrocarburos - Artículo 51

Clave: LIH
Artículo: 51
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 51
.- Para los efectos del presente Título, cuando el Asignatario enajene Petróleo o Gas Natural a partes relacionadas, está obligado a determinar el valor del Petróleo, Gas Natural y sus Condensados, considerando para esas operaciones, los precios y montos de contraprestaciones que hubiera utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, para ello debe aplicar el método de precio comparable no controlado establecido en el artículo
180
, fracción I de la
Ley del Impuesto sobre la Renta
.
Párrafo reformado DOF
Tratándose de costos, gastos e inversiones realizados o adquiridos con partes relacionadas, el Asignatario considerará para esas operaciones, los precios y montos de contraprestaciones que hubiera utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, aplicando para esos efectos lo dispuesto en los artículos
11
,
179
y
180
de la
Ley del Impuesto sobre la Renta
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Ingresos Sobre Hidrocarburos, artículo 51.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
