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law_title: "Ley Para Impulsar El Incremento Sostenido De La Productividad Y La Competitividad De La Economía Nacional"
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# Ley Para Impulsar El Incremento Sostenido De La Productividad Y La Competitividad De La Economía Nacional - Artículo 18

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DEL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

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Artículo 18.- El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, dará seguimiento y evaluará el avance anual de los indicadores en materia de: productividad total de los factores; productividad laboral; informalidad; incremento del valor agregado nacional en las exportaciones; así como aquellos que determine el Comité.

La Secretaría de Economía, identificará y comunicará al Comité los principales factores que inhiben la competitividad, a fin de orientar las propuestas de política correspondientes, para lo cual considerará el análisis de indicadores nacionales e internacionales.

A fin de analizar el impacto de las acciones de gobierno en el desempeño del país en los indicadores nacionales e internacionales de competitividad, la Secretaría de Economía contribuirá al seguimiento de las estrategias, líneas de acción e indicadores de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo vinculados a la competitividad.

Las Secretarías del Trabajo y Previsión Social y de Economía tendrán a su cargo, en términos de lo establecido en los artículos 153-A a 153-X de la Ley Federal del Trabajo, el seguimiento de los programas de capacitación de trabajadores y emprendedores, la formación de competencias y el establecimiento de mecanismos que fomenten la productividad.

La Secretaría de Educación Pública tendrá a su cargo el seguimiento de los programas relacionados con el fortalecimiento de la innovación aplicada, a través de las articulaciones entre empresas y las instituciones educativas y de investigación del país; así como, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, de los programas relacionados con la innovación y tecnología.
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## Resumen corto

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Regla de LIISPCEN sobre competencia de autoridades: El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, dará seguimiento y evaluará el avance anual de los indicadores en materia de:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, dará seguimiento y evaluará el avance anual de los indicadores en materia de:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 18 LIISPCEN, competencia de autoridades, artículo 18 ley para impulsar el incremento sostenido de la productividad y la competitividad de la economia nacional, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LIISPCEN, Secretaría de Educación Pública

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 18 de LIISPCEN.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Secretaría de Educación Pública

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal Del Trabajo (`LFT`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 18 de LIISPCEN?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, dará seguimiento y evaluará el avance anual de los indicadores en materia de:

### ¿Para qué sirve artículo 18?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/liispcen.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIISPCEN.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIISPCEN.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
