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law_title: "Ley Del Instituto Mexicano De La Juventud"
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# Ley Del Instituto Mexicano De La Juventud - Artículo 9

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo II - Administración, Control y Vigilancia

```text
Artículo 9. La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

I.	Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a la productividad, comercialización de servicios, investigación y administración general; 

II. 	Aprobar los programas y acciones que garanticen la correcta instrumentación y ejecución de la política nacional de juventud;
Fracción adicionada DOF 05-08-2011

III. 	Autorizar los presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable;
Fracción reformada y recorrida DOF 05-08-2011

IV.	Fijar las bases así como los montos mínimos, máximos y actualizaciones de las cuotas de recuperación por los servicios que preste el Instituto; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

V.	Expedir las normas generales para que el Director General pueda disponer, cuando fuere necesario, de los activos fijos del Instituto que no correspondan al objeto del mismo; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VI.	Aprobar cada año los estados financieros del Instituto y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y el dictamen de los auditores externos; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VII.	Aprobar, de acuerdo con las disposiciones legales, la elaboración de las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar el Instituto con terceros en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

VIII.	Establecer, con sujeción a las disposiciones legales, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera, con excepción de aquellos de su propiedad que la Ley General de Bienes Nacionales considere del dominio público de la Federación; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

IX.	Constituir comités de apoyo y determinar sus bases de funcionamiento; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

X.	Designar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, así como concederles licencias; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XI.	Designar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario y al Prosecretario; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XII.	Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto y el proyecto de estructura orgánica previa opinión de las dependencias competentes; así el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto; 
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XIII.	Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda al Comisario.
Fracción recorrida DOF 05-08-2011

XIV. 	Aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad practica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Bienestar, y
Fracción recorrida DOF 05-08-2011. Reformada DOF 02-04-2015, 23-03-2022

XV.	Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables.
Fracción recorrida DOF 05-08-2011
```

## Resumen corto

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Regla de LIMJ sobre competencia de autoridades: La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 9 LIMJ, competencia de autoridades, artículo 9 ley del instituto mexicano de la juventud, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LIMJ

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 9 de LIMJ.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley General De Bienes Nacionales (`LGBN`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 9 de LIMJ?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

### ¿Para qué sirve artículo 9?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/limj.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIMJ.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIMJ.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
