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title: "Ley del Instituto Mexicano de la Juventud"
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status: reviewed
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# Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

## Resumen de la ley

La Ley del Instituto Mexicano de la Juventud crea y regula al Instituto Mexicano de la Juventud como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica, operativa y de gestión, y domicilio en la Ciudad de México.

La ley identifica a la población de 12 a 29 años como objeto de políticas, programas, servicios y acciones de juventud. Define el objeto del Instituto, sus atribuciones, patrimonio, órganos de administración, Junta Directiva, Dirección General, órgano interno de control, órgano de vigilancia, Consejo ciudadano y régimen laboral y de seguridad social.

## Qué regula

- La creación, naturaleza jurídica y patrimonio del Instituto Mexicano de la Juventud.
- La política nacional de juventud y la incorporación de jóvenes al desarrollo del país.
- Programas, estudios, investigaciones y acciones para población de 12 a 29 años.
- Coordinación con la Secretaría de Bienestar, dependencias, entidades, gobiernos, academia y organizaciones sociales.
- Atribuciones de la Junta Directiva y Dirección General.
- Integración y funciones del Consejo ciudadano de seguimiento de políticas públicas en materia de juventud.
- Régimen laboral y seguridad social de las personas trabajadoras del Instituto.

## A quién aplica

- Al Instituto Mexicano de la Juventud.
- A jóvenes de 12 a 29 años destinatarios de políticas, programas, servicios y acciones.
- A la Secretaría de Bienestar y demás dependencias o entidades que colaboran en política nacional de juventud.
- A la Junta Directiva, Dirección General, órgano interno de control y órgano de vigilancia del Instituto.
- A organizaciones juveniles, instituciones de educación superior, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, sectores público y privado que participen en convocatorias o programas.

## Materias principales

- Política nacional de juventud.
- Igualdad, no discriminación y desarrollo integral.
- Salud, educación, convivencia, recreación y participación juvenil.
- Coordinación interinstitucional y social.
- Órganos de gobierno y administración del Instituto.
- Seguimiento ciudadano de programas públicos.
- Estudios, investigaciones y remisión de información al Congreso.

## Definiciones importantes

| Concepto | Explicación sencilla |
| --- | --- |
| Instituto | Instituto Mexicano de la Juventud. |
| Jóvenes | Población cuya edad está comprendida entre 12 y 29 años. |
| Política nacional de juventud | Conjunto de acciones y programas para incorporar a jóvenes al desarrollo del país. |
| Junta Directiva | Órgano de gobierno del Instituto con integración pública, social, académica y juvenil. |
| Director General | Titular ejecutivo del Instituto, nombrado y removido por el Ejecutivo Federal. |
| Consejo ciudadano | Órgano integrado por jóvenes para conocer, opinar y formular propuestas sobre políticas públicas de juventud. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos orientadores | Contenido |
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| Creación y población objetivo | Artículos 1 y 2 | Crea el Instituto y ubica a jóvenes de 12 a 29 años como población prioritaria. |
| Objeto y coordinación | Artículos 3 y 3 Bis | Define objetivos y colaboración con Secretaría de Bienestar. |
| Atribuciones | Artículos 4 y 4 Bis | Enumera facultades del Instituto y diseño del programa de juventud. |
| Gobierno y administración | Artículos 7 a 12 | Regula Junta Directiva y Dirección General. |
| Control, vigilancia y ciudadanía | Artículos 13 a 15 Bis | Prevé órgano interno de control, comisario y Consejo ciudadano. |
| Régimen laboral | Artículos 16 y 17 | Define relaciones de trabajo y seguridad social. |

## Plazos importantes

- La Junta Directiva debe sesionar ordinariamente por lo menos cuatro veces al año.
- Los siete miembros invitados de la Junta Directiva duran un año en su encargo.
- El Consejo ciudadano se integra con 20 jóvenes mayores de edad y sus cargos son honoríficos.
- Las personas consejeras ciudadanas duran dos años y el Consejo se renueva por mitad cada año.
- En los transitorios originales, la Junta Directiva y la designación del Director General debían concretarse en un plazo no mayor de treinta días desde la vigencia.
- El primer consejo de seguimiento debía integrarse en noventa días desde el nombramiento del Director General.

## Derechos principales

- Las personas jóvenes tienen derecho a ser consideradas en políticas, programas, servicios y acciones sin discriminación por origen, género, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil u otra.
- Derecho a programas orientados al desarrollo pleno e integral, igualdad y no discriminación.
- Derecho a participar en espacios consultivos y de seguimiento ciudadano conforme a convocatorias.
- Derecho a que se promuevan condiciones de salud, educación, convivencia, recreación y participación.
- Derecho de acceso a información, estudios e investigaciones sobre problemática y características juveniles en los términos previstos.

## Obligaciones principales

- El Instituto debe definir e instrumentar política nacional de juventud.
- El Instituto debe asesorar al Ejecutivo Federal en planeación y programación de acciones de juventud.
- El Instituto debe coordinarse con dependencias, entidades, gobiernos, academia y organizaciones sociales.
- La Junta Directiva debe aprobar programas, presupuestos, informes, estados financieros y lineamientos.
- El Director General debe ejecutar acuerdos, formular programas, administrar el Instituto y remitir estudios al Congreso.
- El Instituto debe sujetar la canalización de fondos a contratos o convenios que aseguren su cumplimiento.

## Autoridades relacionadas

- Instituto Mexicano de la Juventud.
- Secretaría de Bienestar.
- Ejecutivo Federal.
- Secretaría de la Función Pública.
- Junta Directiva del Instituto.
- Dirección General del Instituto.
- Órgano Interno de Control.
- Órgano de Vigilancia y Comisario Público.
- Cámaras del Congreso de la Unión.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Diseño e instrumentación de la política nacional de juventud.
- Elaboración de programas institucionales de corto, mediano y largo plazo.
- Celebración de contratos o convenios para proyectos, estudios, programas e investigaciones.
- Convocatoria pública para integrar el Consejo ciudadano.
- Remisión anual de estudios e investigaciones a las Mesas Directivas de ambas Cámaras del Congreso.
- Aprobación de estados financieros, informes periódicos y programas del Instituto.
- Inscripción y modificación del Estatuto Orgánico cuando corresponda.

## Sanciones o consecuencias

- La ley no establece un catálogo propio de multas.
- Las responsabilidades administrativas se atienden mediante el Órgano Interno de Control y la Secretaría de la Función Pública.
- La Junta Directiva puede designar y remover servidores públicos de niveles determinados, así como al Secretario y Prosecretario.
- El Director General es nombrado y removido por el titular del Ejecutivo Federal.
- Los fondos canalizados mediante contratos o convenios deben asegurar cumplimiento; su incumplimiento genera las consecuencias previstas en esos instrumentos y disposiciones aplicables.

## Artículos clave

- Artículo 1: crea el Instituto Mexicano de la Juventud.
- Artículo 2: define la población joven de 12 a 29 años como objeto de políticas públicas.
- Artículo 3: establece el objeto del Instituto.
- Artículo 3 Bis: regula colaboración con la Secretaría de Bienestar.
- Artículo 4: enumera atribuciones institucionales.
- Artículo 8: integra la Junta Directiva.
- Artículo 9: establece facultades indelegables de la Junta Directiva.
- Artículo 12: fija facultades de la Dirección General.
- Artículos 15 y 15 Bis: regulan el Consejo ciudadano.

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Orgánica de la Administración Pública Federal](/LOAPF/)
- [Ley Federal de las Entidades Paraestatales](/LFEP/)
- [Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado](/LFTSE/)
- [Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado](/LISSSTE/)
- [Ley de Planeación](/LPlan/)
- [Ley General de Educación](/LGE/)
- [Ley General de Salud](/LGS/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1999. El texto vigente consultado indica última reforma publicada el 1 de abril de 2024.

Las reformas recientes actualizan referencias institucionales, domicilio, coordinación con la Secretaría de Bienestar, composición de la Junta Directiva y atención a jóvenes pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué crea esta ley?

Crea el Instituto Mexicano de la Juventud como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal.

### ¿A qué edad considera jóvenes la ley?

Considera población joven a las personas cuya edad esté comprendida entre 12 y 29 años.

### ¿Cuál es el objeto del Instituto?

Promover condiciones para el desarrollo integral de la juventud y definir e instrumentar una política nacional de juventud.

### ¿Qué es el Consejo ciudadano?

Es un órgano integrado por jóvenes que conoce, opina y formula propuestas sobre programas y políticas públicas de juventud.

### ¿La ley establece multas?

No prevé un régimen específico de multas; las responsabilidades se canalizan por control interno, remoción de servidores o consecuencias previstas en convenios y normas aplicables.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/limj.htm)
- Word oficial: [LIMJ.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIMJ.doc)
- PDF oficial: [LIMJ.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIMJ.pdf)
- PDF móvil: [Ley del Instituto Mexicano de la Juventud](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_del_Instituto_Mexicano_de_la_Juventud.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y resume la ley con fines de consulta. No sustituye la lectura del texto oficial ni constituye asesoría legal.
