# Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas - Artículo 253

Clave: LISF
Artículo: 253
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-09-01

## Texto vigente

Artículo 253
.- Cuando la Comisión, en el ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia, determine que la inversión de los activos de una Institución incumple con la política de inversión aprobada por su consejo de administración, o bien que no se apega a lo señalado en los artículos
241
a
243
,
248
a
251
,
254
y
255
de
esta Ley
, procederá, con independencia de las sanciones que proceda aplicar y de lo previsto en los artículos
320
,
323
y
324
de
este ordenamiento
, a requerir a la Institución de que se trate un plan de regularización en términos de lo señalado en el artículo
321
de la
presente Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas, artículo 253.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
