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# Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas - Artículo 324

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS, LA INTERVENCIÓN Y LA REVOCACIÓN
- CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

```text
ARTÍCULO 324.- En cualquiera de los casos señalados en el artículo 323 de la presente Ley, y con independencia de las sanciones que en su caso proceda imponer, la Comisión podrá ordenar a la Institución de que se trate la adopción de una o varias de las siguientes medidas de control:

I.	Abstenerse, según corresponda, de registrar nuevos productos de seguros o nuevas notas técnicas de fianzas;

II.	Suspender o limitar la emisión o retención de primas, riesgos o responsabilidades;

III.	Reducir total o parcialmente la emisión o retención de primas, riesgos o responsabilidades, así como la aceptación de operaciones de reaseguro o reafianzamiento a niveles compatibles con los Fondos Propios Admisibles de la Institución;

IV.	Realizar la inversión de los activos que cubran su Base de Inversión, empleando el régimen de inversión previsto en el artículo 355 de esta Ley;

V.	Convocar a una reunión del comité de auditoría, del consejo de administración o de la asamblea general de accionistas de la Institución de que se trate, en la que la persona que designe la Comisión dará cuenta de la situación que guarda la Institución;

VI.	Diferir el pago del principal, intereses o ambos, de las obligaciones subordinadas u otros títulos de crédito que haya emitido, o en su caso, ordenar su conversión anticipada en acciones;

VII.	Suspender el pago de las compensaciones y bonos extraordinarios adicionales al salario del director general y de los funcionarios de los dos niveles jerárquicos inferiores a éste, así como no otorgar nuevas compensaciones en el futuro para el director general y funcionarios, hasta en tanto la Institución de que se trate subsane, a satisfacción de la Comisión, la situación que dio origen a la medida. Esta previsión deberá contenerse en los contratos y demás documentación que regulen las condiciones de trabajo;

VIII.	Abstenerse, total o parcialmente, de enajenar o disponer de los activos de la Institución, y

IX.	Suspender el pago de dividendos a sus accionistas.

Lo dispuesto en el presente artículo, no excluye la aplicación de lo previsto en los artículos 325, 332 a 335, 363, 364 y 383 de esta Ley.
```

## Resumen corto

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Regla de LISF sobre sanciones y cumplimiento: En cualquiera de los casos señalados en el artículo 323 de la presente Ley, y con independencia de las sanciones que en su caso proceda imponer, la Comisión podrá...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En cualquiera de los casos señalados en el artículo 323 de la presente Ley, y con independencia de las sanciones que en su caso proceda imponer, la Comisión podrá ordenar a la Institución de que se trate la adopción de una o varias de las siguientes medidas...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 324 LISF, sanciones y cumplimiento, artículo 324 ley de instituciones de seguros y de fianzas, sanciones, multas, incumplimiento legal, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 324 de LISF.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

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## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 324 de LISF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En cualquiera de los casos señalados en el artículo 323 de la presente Ley, y con independencia de las sanciones que en su caso proceda imponer, la Comisión podrá ordenar a la Institución de que se trate la adopción de una o varias de las siguientes medidas...

### ¿Para qué sirve artículo 324?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lisf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LISF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
