# Ley Del Impuesto Sobre La Renta - Artículo 113-h

Clave: LISR
Artículo: 113-h
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 113-h
. Los contribuyentes que opten por pagar el impuesto sobre la renta en términos de esta Sección, deberán cumplir con lo siguiente:
Encontrarse activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
En el caso de reanudación de actividades, que en el ejercicio inmediato anterior, los ingresos amparados en comprobantes fiscales digitales por Internet no hayan excedido de tres millones quinientos mil pesos.
Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo previsto en el artículo
32-d
del
Código Fiscal de la Federación
.
No encontrarse en el listado de contribuyentes publicados por el Servicio de Administración Tributaria en términos del artículo
69-b
, cuarto párrafo del
Código Fiscal de la Federación
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Sobre La Renta, artículo 113-h.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
