# Ley Del Impuesto Sobre La Renta - Artículo 131

Clave: LISR
Artículo: 131
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 131
. Las personas físicas que obtengan ingresos por adquisición de bienes, podrán efectuar, para el cálculo del impuesto anual, las siguientes deducciones:
Las contribuciones locales y federales, con excepción del impuesto sobre la renta, así como los gastos notariales efectuados con motivo de la adquisición.
Los demás gastos efectuados con motivo de juicios en los que se reconozca el derecho a adquirir.
Los pagos efectuados con motivo del avalúo.
Las comisiones y mediaciones pagadas por el adquirente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Sobre La Renta, artículo 131.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
