# Ley Del Impuesto Sobre La Renta - Artículo 62

Clave: LISR
Artículo: 62
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 62
. No tendrán el carácter de integradora o integradas, las siguientes sociedades:
Las comprendidas en el Título III de
esta Ley
.
Las que en los términos del tercer párrafo del artículo
7
de la
presente Ley
componen el sistema financiero y los fondos de inversión de capitales creados conforme a las leyes de la materia.
Fracción reformada DOF
Las residentes en el extranjero, inclusive cuando tengan establecimientos permanentes en el país.
Aquéllas que se encuentren en liquidación.
Las sociedades y asociaciones civiles, así como las sociedades cooperativas.
Las personas morales que tributen conforme a los artículos
72
y
73
de
esta Ley
.
Las asociaciones en participación a que se refiere el artículo
17-b
del
Código Fiscal de la Federación
.
Las que llevan a cabo operaciones de maquila a que se refiere el artículo
182
de
esta Ley
.
Aquéllas que cuenten con pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir en términos de lo dispuesto por el artículo
57
de
esta Ley
, que se hubieren generado con anterioridad a la fecha en que reúnan los requisitos a que se refiere el artículo
60
ó
61
de
esta Ley
, según corresponda.
Las empresas que presten el servicio de transporte público aéreo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Sobre La Renta, artículo 62.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
