# Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas - Artículo 176

Clave: LISSFAM
Artículo: 176
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 176
. El grado militar será probado con el contrato de enganche de los individuos de tropa con el acuerdo suscrito por autoridad competente que ordenó el conferimiento del grado y con copia de las órdenes giradas por la Secretaría respectiva en cumplimiento de dicho acuerdo.
Tratándose de Coroneles y Generales y sus homólogos en la Armada de la milicia permanente, será necesaria la ratificación del Senado de la República.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas, artículo 176.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
