# Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas - Artículo 25

Clave: LISSFAM
Artículo: 25
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 25
. La edad límite de los militares para permanecer en el activo es la siguiente:
Años
Para los individuos de tropa 50
Para los Subtenientes 51
Para los Tenientes 52
Para los Capitanes Segundos 53
Para los Capitanes Primeros 54
Para los Mayores 56
Para los Tenientes Coroneles 58
Para los Coroneles 60
Para los Generales Brigadieres 61
Para los Generales de Brigada 63
Para los Generales de División 65
De las jerarquías del Ejército Mexicano contenidas de la fracción I a XI deberán tomarse los homólogos para la Fuerza Aérea Mexicana, la Armada y la Guardia Nacional, contenidas en las leyes orgánicas de dichas Fuerzas Armadas y la
Ley de la Guardia Nacional
, respectivamente.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas, artículo 25.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
