# Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas - Artículo 29

Clave: LISSFAM
Artículo: 29
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 29
. Los militares retirados y los pensionistas tendrán obligación de pasar revista de supervivencia en los términos de las disposiciones reglamentarias. Los Generales y Jefes del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, así como los Almirantes y Capitanes de la Armada de México retirados, quedan exceptuados de esta obligación.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas, artículo 29.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
