# Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas - Artículo 80

Clave: LISSFAM
Artículo: 80
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 80
. El Instituto pagará a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda dentro de un plazo que no será menor de quince ni mayor de veinte días hábiles siguientes a aquel en que se acredite la muerte del militar. Para tal efecto, el beneficiario deberá entregar a este organismo la documentación siguiente:
En el caso de los militares fallecidos en el activo:
Copia certificada del acta de defunción del asegurado o, de ser el caso, orden de baja por desaparición.
Solicitud de pago del o de los beneficiarios.
Identificación del o los beneficiarios.
Certificado de último pago, emitido por la Unidad Ejecutora de Pagos correspondiente.
Para los militares fallecidos en situación de retiro:
Copia certificada del acta de defunción del asegurado.
Solicitud de pago del o los beneficiarios.
Identificación oficial del o los beneficiarios.
Último talón de pago del haber de retiro emitido por este Instituto.
Para los militares fallecidos que se encuentran acogidos al seguro de vida militar potestativo:
Copia certificada del acta de defunción del asegurado.
Solicitud de pago del o los beneficiarios.
Identificación oficial del o los beneficiarios.
Comprobante del último pago de la prima correspondiente.
Para el pago de la suma asegurada por incapacidad clasificada en primera o segunda categoría en actos del servicio o como consecuencia de ellos de los militares en activo, de conformidad con las tablas contenidas en el artículo
226
de
esta Ley
, y que causen alta en situación de retiro con derecho a percibir haber de retiro:
Párrafo reformado DOF
Orden de baja expedida por la Secretaría correspondiente.
Solicitud de pago.
Certificado de último pago emitido por la Unidad Ejecutora de Pagos correspondiente.
Identificación oficial del militar o de su representante legal, así como la documentación que acredite tal personalidad.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas, artículo 80.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
