# Ley Del Impuesto Al Valor Agregado - Artículo 18-g

Clave: LIVA
Artículo: 18-g
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 18-g
.- La omisión en el pago del impuesto, en el entero de las retenciones que, en su caso, deban efectuar y en la presentación de las declaraciones de pago e informativas, a que se refieren los artículos
18-d
, fracciones III y IV, y
18-j
, fracciones II, inciso b) y III de
esta Ley
, se sancionará de conformidad con lo dispuesto en la
presente Ley
y en el
Código Fiscal de la Federación
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Al Valor Agregado, artículo 18-g.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
