# Ley Del Impuesto Al Valor Agregado - Artículo 18-k

Clave: LIVA
Artículo: 18-k
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 18-k
.- Las personas físicas y morales que realicen actividades sujetas al pago del impuesto al valor agregado por conducto de las personas a que se refiere el artículo
18-j
de
esta Ley
, deberán estar a lo dispuesto por
esta Ley
y, adicionalmente, deberán ofertar el precio de sus bienes y servicios manifestando en forma expresa y por separado el monto del impuesto al valor agregado que corresponda.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Impuesto Al Valor Agregado, artículo 18-k.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
