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law_title: "Ley Monetaria De Los Estados Unidos Mexicanos"
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# Ley Monetaria De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 18

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo adicionado DOF 07-01-1980

```text
Artículo 18.- Queda prohibida la fabricación de piezas nacionales o extranjeras que hubieren tenido el carácter de billetes o de monedas metálicas. Los infractores serán sancionados administrativamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo al Banco de México, con multa hasta de un tanto del valor de mercado de las piezas reproducidas, o de no existir éste, del valor que les fije la propia Secretaría.

El Banco de México, con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá fabricar piezas mexicanas de las señaladas en el párrafo anterior.
Artículo adicionado DOF 07-01-1980
```

## Resumen corto

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Regla de LMEUM sobre concesiones y uso de recursos públicos: Queda prohibida la fabricación de piezas nacionales o extranjeras que hubieren tenido el carácter de billetes o de monedas metálicas.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Queda prohibida la fabricación de piezas nacionales o extranjeras que hubieren tenido el carácter de billetes o de monedas metálicas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 18 LMEUM, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 18 ley monetaria de los estados unidos mexicanos, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 18 de LMEUM.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Sanción
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 18 de LMEUM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Queda prohibida la fabricación de piezas nacionales o extranjeras que hubieren tenido el carácter de billetes o de monedas metálicas.

### ¿Para qué sirve artículo 18?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmeum.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMEUM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMEUM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
