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law_title: "Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión"
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# Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión - Artículo 127

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - De las Redes y los Servicios de Telecomunicaciones
- Capítulo VII - De las Redes Públicas de Telecomunicaciones con Participación Pública

```text
Artículo 127. La Comisión podrá otorgar concesiones de uso comercial con carácter de red compartida mayorista de servicios de telecomunicaciones, a Entes Públicos, aún bajo un esquema de asociación público-privada. En ningún caso, dicho título de concesión habilitará la prestación de servicios a usuarios finales.
```

## Resumen corto

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Regla de LMTR sobre derechos de usuarios: La Comisión podrá otorgar concesiones de uso comercial con carácter de red compartida mayorista de servicios de telecomunicaciones, a Entes Públicos, aún bajo un esquema...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. La Comisión podrá otorgar concesiones de uso comercial con carácter de red compartida mayorista de servicios de telecomunicaciones, a Entes Públicos, aún bajo un esquema de asociación público-privada.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 127 LMTR, derechos de usuarios, artículo 127 ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusion, artículo 127 ley telecomunicaciones, quejas de usuarios, protección de usuarios, derechos de usuarios telecomunicaciones, derechos usuarios internet, PROFECO telecomunicaciones, quejas telecomunicaciones, Comisión, Entes públicos, Red compartida mayorista, Telecomunicaciones, Usuarios, Comisión Reguladora de Telecomunicaciones

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 127 de LMTR.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Usuarios
- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
- Entes públicos

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | Comisión Reguladora de Telecomunicaciones | 3 |
| Entes públicos | Los Poderes de la Unión, de los Estados, el Gobierno de la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las instituciones de educación superior de carácter público para proveer servicios de telecomunicaciones y radiodifusión para el cumplimiento de sus fines y atribuciones | 3 |
| Red compartida mayorista | Red pública de telecomunicaciones habilitada para comercializar capacidad, infraestructura o servicios de telecomunicaciones al mayoreo a otros concesionarios o comercializadoras | 3 |
| Telecomunicaciones | Toda emisión, transmisión o recepción de signos, señales, datos, escritos, imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúa a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos u otros sistemas electromagnéticos, sin incluir la radiodifusión | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 127 de LMTR?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. La Comisión podrá otorgar concesiones de uso comercial con carácter de red compartida mayorista de servicios de telecomunicaciones, a Entes Públicos, aún bajo un esquema de asociación público-privada.

### ¿Para qué sirve artículo 127?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmtr.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMTR.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMTR.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
