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law_title: "Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión"
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# Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión - Artículo 284

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO CUARTO - Régimen de Sanciones
- Capítulo II - Sanciones en materia de Telecomunicaciones, Radiodifusión y Derechos de las Audiencias

```text
Artículo 284. En caso de reincidencia, la Comisión podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.
Se considerará reincidente al que habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada y haya causado estado, realice otra conducta prohibida por esta Ley, independientemente de su mismo tipo o naturaleza.
Para la imposición de las sanciones no se considerará la reincidencia en las infracciones cometidas a lo dispuesto en las fracciones I y II del inciso A), II, V y VI del inciso D) del artículo 282 de esta Ley. Por lo que se refiere a las dos últimas fracciones referidas, sólo por lo que refiere a la entrega de información.
```

## Resumen corto

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Regla de LMTR sobre sanciones y cumplimiento: En caso de reincidencia, la Comisión podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En caso de reincidencia, la Comisión podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 284 LMTR, sanciones y cumplimiento, artículo 284 ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusion, artículo 284 ley telecomunicaciones, sanciones, multas, incumplimiento legal, sanciones telecomunicaciones, multas telecomunicaciones, revocación de concesión, Comisión, Comisión Reguladora de Telecomunicaciones

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 284 de LMTR.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | Comisión Reguladora de Telecomunicaciones | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 282

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 284 de LMTR?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En caso de reincidencia, la Comisión podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.

### ¿Para qué sirve artículo 284?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmtr.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMTR.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMTR.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
