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law_title: "Ley Del Mercado De Valores"
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# Ley Del Mercado De Valores - Artículo 226

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título VII - De los asesores en inversiones

```text
Artículo 226.- Los asesores en inversiones, en la prestación de sus servicios deberán:

I. 	Contar con mandato que les faculte girar instrucciones a los intermediarios del mercado de valores o instituciones financieras del exterior del mismo tipo para la celebración de operaciones con valores a nombre y por cuenta de sus clientes, o bien, estar autorizados al efecto en los contratos celebrados por el cliente con tales intermediarios o instituciones. En cualquier caso, deberán estipular, en el mandato o el contrato celebrado, las responsabilidades que deriven de sus servicios.
Fracción reformada DOF 10-01-2014, 28-12-2023

II.	Documentar a nombre del cliente respectivo las operaciones con valores que ordenen por cuenta de este. Asimismo, conservar las recomendaciones formuladas y la información proporcionada sobre las actividades, servicios y productos financieros que ofrezcan. Adicionalmente, llevar un registro electrónico o por escrito en el que conste la fecha y hora en que el cliente le hubiere requerido realizar una operación, así como los datos necesarios para identificar los valores materia de cada operación.
Fracción reformada DOF 10-01-2014

III.	Informar a sus clientes cuando se encuentren en presencia de conflictos de interés, señalándoles expresamente en qué consisten.

IV.	Se deroga
Fracción derogada DOF 10-01-2014

V.	Observar las normas de autorregulación que emita el organismo autorregulatorio del cual, en su caso, sean integrantes.

VI.	Certificar su calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio, ante un organismo autorregulatorio reconocido por la Comisión, en relación con los servicios que proporcionen al público, o bien, utilizar los servicios de personas físicas que cuenten con dicha certificación.

VII.	Se deroga
Fracción derogada DOF 10-01-2014

VIII.	La propaganda o publicidad dirigida al público estará sujeta a las previsiones contenidas en el artículo 6 de la presente Ley.
Fracción adicionada DOF 10-01-2014

IX. 	Sujetarse a lo dispuesto por los artículos 188, fracciones III y IV; 189, párrafos tercero, fracciones I a III, cuarto y quinto; 190, 191, excepto último párrafo; 193, 200, fracciones II y VIII, segundo párrafo de esta Ley, así como a las disposiciones de carácter general que expida la Comisión en términos de tales artículos. En caso de ser asesores en inversiones que no sean independientes, en adición a lo anterior, les resultarán aplicables los límites máximos a que alude el artículo 178, respecto de las recomendaciones que formulen.
Fracción adicionada DOF 10-01-2014. Reformada DOF 28-12-2023

Los intermediarios del mercado de valores estarán exentos de responsabilidad frente a sus clientes, cuando la celebración de las operaciones se realice en cumplimiento de las instrucciones giradas por parte de asesores en inversiones, en términos de lo previsto en la fracción I de este artículo. En estos supuestos, a los intermediarios del mercado de valores no les resultará aplicable lo previsto por el artículo 190 de esta Ley. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 189, segundo párrafo del presente ordenamiento legal.
Párrafo reformado DOF 10-01-2014

La Comisión podrá emitir disposiciones de carácter general relativas a la información financiera, administrativa y operativa, así como la relativa a la prestación de sus servicios que los asesores en inversiones deban presentarle de manera periódica y continua, así como la información mínima que deberá divulgarse respecto a las inversiones administradas.
Párrafo adicionado DOF 10-01-2014. Reformado DOF 28-12-2023
Reforma DOF 10-01-2014: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo
```

## Resumen corto

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Regla de LMV sobre competencia de autoridades: Los asesores en inversiones, en la prestación de sus servicios deberán:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los asesores en inversiones, en la prestación de sus servicios deberán:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 226 LMV, competencia de autoridades, artículo 226 ley del mercado de valores, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LMV, Comisión, Registro, Valores, Autorizados, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 226 de LMV.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Autorizados
- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Comisión | la Comisión Nacional Bancaria y de Valores | 2 |
| Registro | el Registro Nacional de Valores | 2 |
| Valores | las acciones, partes sociales, obligaciones, bonos, títulos opcionales, certificados, pagarés, letras de cambio y demás títulos de crédito, nominados o innominados, inscritos o no en el Registro, susceptibles de circular en los mercados de valores a que se refiere esta Ley, que se emitan en serie o en masa y representen el capital social de una persona moral, una parte alícuota de un bien o la participación en un crédito colectivo o cualquier derecho de crédito individual, en los términos de las leyes nacionales o extranjeras aplicables. Los términos antes señalados podrán utilizarse en singular o en plural sin que por ello deba entenderse que cambia su significado | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

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## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 226 de LMV?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los asesores en inversiones, en la prestación de sus servicios deberán:

### ¿Para qué sirve artículo 226?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmv.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMV.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMV.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
