# Ley Del Mercado De Valores - Artículo 227 bis 1

Clave: LMV
Artículo: 227-bis 1
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 227 bis 1
.- La Comisión podrá incluir en las disposiciones generales aplicables a los asesores en inversiones, reglas especiales para los servicios automatizados de asesoría y gestión de inversión.
Los asesores en inversiones, además de las obligaciones a que estén sujetos, deberán cumplir, en lo conducente, con lo dispuesto en los artículos
130
,
190 bis
y
190 bis 1
de
esta Ley
, conforme a lo previsto en dichos artículos.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Mercado De Valores, artículo 227-bis 1.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
