# Ley Del Mercado De Valores - Artículo 82 bis 2

Clave: LMV
Artículo: 82-bis 2
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 82 bis 2
.- Las inscripciones relativas a los fondos de inversión en el Registro tendrán efectos declarativos y no convalidan los actos jurídicos que sean nulos de conformidad con las leyes aplicables. Asimismo, tendrán efectos en el mismo acto de su inscripción.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Mercado De Valores, artículo 82-bis 2.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
