# Ley Del Mercado De Valores - Artículo quinto

Clave: LMV
Artículo: quinto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
quinto.
.- Las sociedades anónimas promotoras de inversión que soliciten y, en su caso, obtengan la inscripción de las acciones representativas de su capital social o títulos de crédito que las representen, en el Registro Nacional de Valores, estarán sujetas a los requisitos de inscripción y mantenimiento aplicables a las sociedades anónimas bursátiles, hasta en tanto la Comisión Nacional Bancaria y de Valores expida las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo
21
de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Mercado De Valores, artículo quinto.
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