# Ley Del Mercado De Valores - Artículo vigésimo

Clave: LMV
Artículo: vigésimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
vigésimo.
.- Las asociaciones gremiales que hubieren sido reconocidas como organismos autorregulatorios al amparo de la
Ley del Mercado de Valores
que se abroga, podrán seguir operando con ese carácter sin necesidad de nuevo reconocimiento por parte de la Comisión, quedando en lo futuro sujetas a lo previsto en
esta Ley
y demás disposiciones de carácter general que emanen de ella.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Mercado De Valores, artículo vigésimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
