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law_title: "Ley De Migración"
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# Ley De Migración - Artículo 156

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LAS SANCIONES
- CAPÍTULO III - DE LAS SANCIONES A LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES

```text
Artículo 156. La persona que visite un transporte marítimo extranjero, sin permiso de las autoridades migratorias, será castigada con multa de diez hasta cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal o arresto hasta por treinta y seis horas.

La misma sanción se impondrá a la persona que, sin facultades para ello autorice la visita a que se refiere el párrafo anterior.
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## Resumen corto

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Regla de LMigra sobre sanciones y cumplimiento: La persona que visite un transporte marítimo extranjero, sin permiso de las autoridades migratorias, será castigada con multa de diez hasta cien días de salario mínimo...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona que visite un transporte marítimo extranjero, sin permiso de las autoridades migratorias, será castigada con multa de diez hasta cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal o arresto hasta por treinta y seis horas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 156 LMigra, sanciones y cumplimiento, artículo 156 ley de migracion, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 156 de LMigra.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Sanción
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 156 de LMigra?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona que visite un transporte marítimo extranjero, sin permiso de las autoridades migratorias, será castigada con multa de diez hasta cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal o arresto hasta por treinta y seis horas.

### ¿Para qué sirve artículo 156?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmigra.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
