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law_title: "Ley De Migración"
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# Ley De Migración - Artículo 28

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA MIGRATORIA
- CAPÍTULO III - DE LAS AUTORIDADES AUXILIARES EN MATERIA MIGRATORIA

```text
Artículo 28. Corresponde a la Fiscalía General de la República:
Párrafo reformado DOF 20-05-2021

I. Promover la formación y especialización de Agentes de la Policía Federal Ministerial, Agentes del Ministerio Público y Oficiales Ministeriales en materia de derechos humanos;

II. Proporcionar a los migrantes orientación y asesoría para su eficaz atención y protección, de conformidad con la Ley de la Fiscalía General de la República, su Estatuto Orgánico y demás ordenamientos aplicables;
Fracción reformada DOF 20-05-2021

III. Proporcionar a las instancias encargadas de realizar estadísticas las referencias necesarias sobre el número de averiguaciones previas, carpetas de investigación y procesos penales respecto de los delitos de los que son víctimas los migrantes;
Fracción reformada DOF 20-05-2021

IV. Celebrar convenios de cooperación y coordinación, así como realizar en el ámbito de sus atribuciones, las acciones necesarias para lograr una eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes;
Fracción reformada DOF 04-05-2021

V. Conocer respecto de los delitos previstos en los artículos 159 y 161 de esta Ley, y

VI. Las demás que señale esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
```

## Resumen corto

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Regla de LMigra sobre regla aplicable: Corresponde a la Fiscalía General de la República:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde a la Fiscalía General de la República:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 28 LMigra, regla aplicable, artículo 28 ley de migracion, Reglamento

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 28 de LMigra.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Reglamento | al Reglamento de la presente Ley | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 161

## Leyes que cita este artículo

- Ley De La Fiscalía General De La República (`LFGR`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 28 de LMigra?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde a la Fiscalía General de la República:

### ¿Para qué sirve artículo 28?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lmigra.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LMigra.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
