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law_title: "Ley De Navegación Y Comercio Marítimos"
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# Ley De Navegación Y Comercio Marítimos - Artículo 133

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO QUINTO - DE LOS CONTRATOS DE UTILIZACIÓN DE EMBARCACIONES
- CAPÍTULO IV - CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO DE MERCANCÍAS

```text
Artículo 133.- Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a los contratos de transporte marítimo de mercancías, siempre y cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

I. Que el puerto de carga o de descarga previsto en el conocimiento de embarque esté situado en territorio mexicano;

II. Que en el conocimiento de embarque se establezca que se regirá por las disposiciones de esta Ley; y

III. Que uno de los puertos optativos de descarga se encuentre dentro de territorio mexicano.

Las disposiciones de este capítulo no se aplicarán a las pólizas de fletamento, pero si se expiden conocimientos de embarque de una embarcación sujeta a este tipo de póliza, éstos quedarán sujetos a las presentes disposiciones.
```

## Resumen corto

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Regla de LNCM sobre regla aplicable: Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a los contratos de transporte marítimo de mercancías, siempre y cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a los contratos de transporte marítimo de mercancías, siempre y cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 133 LNCM, regla aplicable, artículo 133 ley de navegacion y comercio maritimos, Embarcación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 133 de LNCM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Embarcación | Toda construcción diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 133 de LNCM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a los contratos de transporte marítimo de mercancías, siempre y cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

### ¿Para qué sirve artículo 133?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lncm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNCM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNCM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
