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law_title: "Ley De Navegación Y Comercio Marítimos"
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# Ley De Navegación Y Comercio Marítimos - Artículo 271

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DISPOSICIONES PROCESALES MARÍTIMAS
- CAPÍTULO II - EMBARGO O RETENCIÓN DE EMBARCACIONES O CARGA

```text
Artículo 271.- La diligencia de ejecución de embargo se hará constar en un acta, en la cual se consignará el inventario de las cosas embargadas; se describirá el estado en que se encuentren y se señalará el lugar en donde deberán permanecer, así como el nombre del responsable de su custodia.

Previa solicitud del promovente del embargo, el Juez podrá autorizar la enajenación de bienes cuando éstos requieran una inmediata enajenación porque no puedan conservarse sin que se deterioren o corrompan, porque estén expuestos a una grave disminución de su precio, o su conservación sea demasiado costosa en comparación con su valor; el producto de la venta deberá ponerse a disposición del juzgador que conozca del proceso.
```

## Resumen corto

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Regla de LNCM sobre regla aplicable: La diligencia de ejecución de embargo se hará constar en un acta, en la cual se consignará el inventario de las cosas embargadas;

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La diligencia de ejecución de embargo se hará constar en un acta, en la cual se consignará el inventario de las cosas embargadas;

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 271 LNCM, regla aplicable, artículo 271 ley de navegacion y comercio maritimos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 271 de LNCM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 271 de LNCM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La diligencia de ejecución de embargo se hará constar en un acta, en la cual se consignará el inventario de las cosas embargadas;

### ¿Para qué sirve artículo 271?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lncm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNCM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNCM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
