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law_key: "LNCM"
title: "Ley De Navegación Y Comercio Marítimos"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley De Navegación Y Comercio Marítimos regula las vías generales de comunicación por agua, la navegación, su protección, los servicios que se prestan en ellas, la marina mercante mexicana y los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo. Define embarcaciones, artefactos navales, navieros, operadores, comercio marítimo, contaminación marina, protección marítima y portuaria, pilotaje, zona de pilotaje y autoridad marítima nacional. También regula competencias de la Secretaría de Marina, capitanías de puerto, matrícula, abanderamiento, permisos, navegación, seguridad marítima, comercio marítimo, contratos, accidentes, responsabilidad, seguros, contaminación, sanciones y coordinación con tratados internacionales.

## Qué regula

- Vías generales de comunicación por agua.
- Navegación marítima, interior y en zonas marinas mexicanas.
- Marina mercante mexicana.
- Comercio marítimo y explotación comercial de embarcaciones.
- Autoridad Marítima Nacional y capitanías de puerto.
- Registro Público Marítimo Nacional.
- Abanderamiento, matrícula, permisos y autorizaciones.
- Seguridad de la navegación, vida humana en el mar y protección portuaria.
- Pilotaje, tráfico marítimo, búsqueda, rescate y salvamento.
- Contaminación marina, accidentes, contratos marítimos y sanciones.

## A quién aplica

- Propietarios, navieros, armadores y operadores.
- Embarcaciones y artefactos navales mexicanos.
- Embarcaciones extranjeras en vías navegables mexicanas.
- Marina mercante mexicana.
- Capitanes y tripulaciones.
- Prestadores de servicios marítimos y portuarios.
- Secretaría de Marina y capitanías de puerto.
- Consulados mexicanos en asuntos marítimos.
- Usuarios de transporte marítimo, turismo náutico y comercio marítimo.
- Autoridades laborales, ambientales, portuarias y de competencia económica.

## Materias principales

- Navegación y vías navegables.
- Comercio marítimo.
- Marina mercante.
- Autoridad Marítima Nacional.
- Registro, matrícula y abanderamiento.
- Seguridad marítima y salvaguarda de vida humana.
- Protección marítima y portuaria.
- Pilotaje y servicios marítimos.
- Accidentes, salvamento y búsqueda.
- Contaminación marina y sanciones.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Secretaría | Secretaría de Marina. |
| Navegación | Actividad de una embarcación para trasladarse por vías navegables con dirección y fines determinados. |
| Comercio marítimo | Explotación comercial y marítima de embarcaciones o artefactos navales. |
| Embarcación | Construcción diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables. |
| Artefacto naval | Estructura fija o flotante susceptible de desplazarse o construirse sobre agua para fines operativos. |
| Marina Mercante | Personas, embarcaciones y artefactos que intervienen en comercio marítimo. |
| Contaminación marina | Introducción de sustancias o energía en el medio marino con efectos nocivos. |
| Protección marítima y portuaria | Medidas para salvaguardar puertos, embarcaciones, personas, carga e instalaciones. |
| Naviero o empresa naviera | Persona que equipa, tripula, mantiene, opera y explota embarcaciones. |
| Pilotaje o practicaje | Maniobras realizadas por práctico o piloto de puerto para seguridad de navegación. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Ámbito de aplicación | 1 a 6 | Entender objeto, definiciones, vías navegables y supletoriedad. |
| Autoridad marítima | 7 a 9 | Ubicar Secretaría, capitanías y atribuciones. |
| Registro y matrícula | Títulos iniciales | Revisar abanderamiento, matrícula y Registro Público Marítimo. |
| Navegación y permisos | Disposiciones de navegación | Conocer servicios, autorizaciones, arribos y despachos. |
| Seguridad marítima | Facultades de Secretaría | Revisar inspección, certificación, tráfico, señalamiento y vida humana. |
| Pilotaje | Reglas específicas | Entender zonas y obligatoriedad de pilotaje. |
| Comercio marítimo | Contratos y actos mercantiles | Revisar transporte, fletamento y explotación comercial. |
| Accidentes y salvamento | Seguridad y rescate | Ubicar investigación, auxilio y dictámenes. |
| Contaminación | Reglas ambientales | Prevenir y sancionar contaminación por embarcaciones. |
| Sanciones | Títulos finales | Revisar infracciones, multas y medidas administrativas. |

## Plazos importantes

- Las capitanías deben tramitar reclamaciones laborales de tripulantes dentro de los términos previstos por la ley.
- Los arribos y despachos deben autorizarse antes de que la embarcación opere en puerto o vía navegable.
- Los certificados, matrículas y permisos deben mantenerse vigentes conforme a la ley y reglamentos.
- Las investigaciones de accidentes e incidentes marítimos deben integrarse conforme al reglamento aplicable.
- Los permisos y autorizaciones de navegación pueden suspenderse o revocarse si se incumplen condiciones.
- Los contratos, reclamaciones marítimas y seguros se sujetan a plazos específicos de la ley y legislación supletoria.

## Derechos principales

- Derecho a navegación segura en vías generales de comunicación por agua.
- Derecho de navieros y operadores a solicitar permisos, autorizaciones, matrícula y abanderamiento.
- Derecho a servicios de pilotaje y control de tráfico marítimo seguros y eficientes.
- Derecho de tripulaciones a certificaciones, libretas de mar y atención de reclamaciones laborales.
- Derecho a protección marítima y portuaria frente a amenazas.
- Derecho a investigación y auxilio en accidentes, incidentes, búsqueda y rescate.
- Derecho a que embarcaciones extranjeras sean sujetas a reglas mexicanas cuando estén en aguas nacionales.

## Obligaciones principales

- Embarcaciones y artefactos navales deben cumplir legislación nacional y tratados aplicables.
- Navieros y operadores deben mantener condiciones de navegabilidad, seguridad y tripulación.
- La Secretaría debe regular, vigilar, inspeccionar, certificar y sancionar en materia marítima.
- Capitanías deben autorizar arribos, despachos, permisos, inspecciones y medidas de seguridad.
- Prestadores de servicios deben operar con seguridad, economía y eficiencia.
- Embarcaciones deben prevenir contaminación marina y cumplir normas internacionales y nacionales.
- Capitanes y tripulantes deben respetar medidas de seguridad marítima y portuaria.

## Autoridades relacionadas

- Secretaría de Marina.
- Capitanías de puerto.
- Autoridad Marítima Nacional.
- Consulados mexicanos en el extranjero.
- Centro Unificado para la Protección Marítima y Portuaria.
- Comisión Federal de Competencia Económica.
- Secretaría de Economía.
- Autoridades laborales.
- Autoridades ambientales.
- Ministerio Público cuando proceda.
- Registro Público Marítimo Nacional.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Abanderamiento y matrícula de embarcaciones.
- Inscripción en Registro Público Marítimo Nacional.
- Autorización de arribos y despachos.
- Permisos de navegación y servicios marítimos.
- Certificados de competencia, libretas de mar e identidad marítima.
- Inspección y certificación de embarcaciones.
- Pilotaje, atraque, desatraque, fondeo y enmienda.
- Reclamaciones laborales marítimas.
- Investigación de accidentes e incidentes marítimos.
- Búsqueda, rescate, auxilio y salvamento.

## Sanciones o consecuencias

- La Secretaría puede imponer sanciones por infracciones a la ley, reglamentos y tratados.
- Permisos y autorizaciones pueden suspenderse o revocarse por incumplimiento.
- Embarcaciones pueden ser inspeccionadas, detenidas o sujetas a medidas de seguridad.
- Contaminación marina puede generar responsabilidades y sanciones.
- Incumplimientos de seguridad pueden afectar arribos, despachos o navegación.
- Actos de comercio marítimo pueden generar responsabilidad contractual, seguros y reclamaciones.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define objeto de la ley. |
| 2 | Contiene definiciones esenciales. |
| 3 | Define vías generales de comunicación por agua. |
| 4 | Establece jurisdicción federal. |
| 5 | Regula sujeción de embarcaciones mexicanas y extranjeras. |
| 6 | Señala leyes supletorias. |
| 7 | Define Autoridad Marítima Nacional. |
| 8 | Enumera atribuciones de la Secretaría. |
| 9 | Regula capitanías de puerto. |
| Reglas de registro | Permiten acreditar matrícula, abanderamiento y actos marítimos. |
| Reglas de seguridad | Protegen navegación y vida humana en el mar. |
| Régimen de sanciones | Da herramientas para cumplir y corregir infracciones. |

## Leyes relacionadas

- [Ley Federal Del Mar](/124/)
- [Ley De Puertos](/65_071220/)
- [Ley General De Bienes Nacionales](/LGBN/)
- [Código De Comercio](/CCom/)
- [Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito](/LGTOC/)
- [Ley Federal De Competencia Económica](/LFCE/)
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/)
- [Código Civil Federal](/CCF/)
- [Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares](/CNPCF/)
- [Ley Sobre El Contrato De Seguro](/211/)
- [Ley Federal Del Trabajo](/LFT/)
- [Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente](/LGEEPA/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2006. También señala texto vigente con última reforma publicada el 14 de noviembre de 2025.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley De Navegación Y Comercio Marítimos?

Regula navegación, vías de comunicación por agua, marina mercante, comercio marítimo, autoridad marítima, seguridad, registro, permisos, contratos y sanciones.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar permisos de navegación, matrícula, abanderamiento, pilotaje, capitanías de puerto, comercio marítimo, accidentes, salvamento o contaminación marina.

### ¿Qué autoridad aplica la ley?

La Autoridad Marítima Nacional la ejerce el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Marina, con apoyo de capitanías de puerto.

### ¿Aplica a embarcaciones extranjeras?

Sí. Las embarcaciones extranjeras en vías generales de comunicación por aguas mexicanas quedan sujetas a jurisdicción y legislación nacional.

### ¿Qué es el comercio marítimo?

Son actividades de explotación comercial y marítima de embarcaciones o artefactos navales para transportar personas, mercancías, realizar actividades acuáticas o aprovechar recursos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lncm.htm)
- Word oficial: [LNCM.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNCM.doc)
- PDF oficial: [LNCM.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNCM.pdf)
- PDF móvil: [Ley_de_Navegacion_y_Comercio_Maritimos.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_de_Navegacion_y_Comercio_Maritimos.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
