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law_title: "Ley Nacional De Extinción De Dominio"
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# Ley Nacional De Extinción De Dominio - Artículo 95

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL PROCESO ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL
- CAPÍTULO TERCERO - Litigio
- SECCIÓN QUINTA - Notificaciones

```text
Artículo 95. Las notificaciones que no deban ser personales se harán por medio de lista, la cual se dará por hecha y surtirá sus efectos al día siguiente al de su publicación.

Al efecto, se hará constar en los autos respectivos la fecha de publicación de la resolución que se notifique a través de lista, así como los nombres completos de las personas que quedarán notificadas por ese medio.

De ser el caso según el cual la persona que se pretende notificar ocurre, con identificación idónea consistente en instrumento público, antes de la publicación por lista, la notificación se le hará en el juzgado, de lo cual se dejará la constancia correspondiente en autos.
```

## Resumen corto

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Regla de LNED sobre regla aplicable: Las notificaciones que no deban ser personales se harán por medio de lista, la cual se dará por hecha y surtirá sus efectos al día siguiente al de su publicación.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las notificaciones que no deban ser personales se harán por medio de lista, la cual se dará por hecha y surtirá sus efectos al día siguiente al de su publicación.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 95 LNED, regla aplicable, artículo 95 ley nacional de extincion de dominio

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 95 de LNED.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 95 de LNED?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las notificaciones que no deban ser personales se harán por medio de lista, la cual se dará por hecha y surtirá sus efectos al día siguiente al de su publicación.

### ¿Para qué sirve artículo 95?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lned.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNED.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNED.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
