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law_title: "Ley Nacional De Ejecución Penal"
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# Ley Nacional De Ejecución Penal - Artículo 177

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - Beneficios Preliberacionales y Sanciones no Privativas de la Libertad
- Capítulo VIII - Justicia Terapéutica
- Sección Tercera - Centros de Tratamiento

```text
Artículo 177. Obligaciones del Centro de Tratamiento
El Centro de Tratamiento debe:

I.	Realizar la evaluación diagnóstica inicial, que incluya los trastornos por dependencia en el consumo de sustancias para determinar la admisión de la persona sentenciada al programa;

II.	Esta evaluación incluye las pruebas de laboratorio y gabinete pertinentes para la detección oportuna de los diferentes padecimientos;

III.	Efectuar las pruebas de toxicología respectivas;

IV.	Elaborar el programa de tratamiento y remitirlo al Juez de Ejecución;

V.	Otorgar el tratamiento o, en su caso, coordinar otros servicios proveedores de tratamiento para atender los diferentes padecimientos encontrados en la evaluación diagnóstica;

VI.	Registrar y actualizar el expediente de cada persona sentenciada sujeta al programa de tratamiento con todas las intervenciones efectuadas;

VII.	Realizar visitas de investigación o seguimiento durante la ejecución del programa;

VIII.	Presentar ante el Juez de Ejecución los informes de evaluación de cada persona sentenciada de manera periódica durante el desarrollo del programa para su análisis con los operadores involucrados o cuando así lo requiera;

IX.	Hacer del conocimiento del Juez de Ejecución cuando, de acuerdo con criterios clínicos, no sea posible ofrecer el tratamiento apropiado, informándole los motivos y haciendo las recomendaciones pertinentes del caso;

X.	Asistir a reuniones de trabajo con los distintos operadores del procedimiento, y

XI.	Integrar recursos familiares que sirvan de apoyo al mismo.
```

## Resumen corto

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Regla de LNEP sobre regla aplicable: Obligaciones del Centro de Tratamiento El Centro de Tratamiento debe:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Obligaciones del Centro de Tratamiento El Centro de Tratamiento debe:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 177 LNEP, regla aplicable, artículo 177 ley nacional de ejecucion penal, Juez de Ejecución, Persona sentenciada, Servicios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 177 de LNEP.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Juez de Ejecución | A la autoridad judicial especializada del fuero federal o local, competente para resolver las controversias en materia de ejecución penal, así como aquellas atribuciones que prevé la presente Ley | 3 |
| Persona sentenciada | A la persona que se encuentra cumpliendo una sanción penal en virtud de una sentencia condenatoria | 3 |
| Servicios | A las actividades educativas, culturales, recreativas, de trabajo, de capacitación para el trabajo, de protección para la salud, deportivas y otras similares que deben tener disponibles los Centros de manera accesible, aceptable, progresiva y adaptable a las necesidades de las personas privadas de la libertad, en términos del artículo 32 de esta Ley. Entre los servicios se comprende el abasto de productos que, sin formar parte de los suministros gratuitos, deben ser accesibles y asequibles para las personas internas | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 177 de LNEP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Obligaciones del Centro de Tratamiento El Centro de Tratamiento debe:

### ¿Para qué sirve artículo 177?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnep.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNEP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNEP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
