# Ley Nacional De Ejecución Penal - Artículo tercero

Clave: LNEP
Artículo: tercero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
tercero.
. A partir de la entrada en vigor de la
presente Ley
, quedarán abrogadas la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados y las que regulan la ejecución de sanciones penales en las entidades federativas.
Los procedimientos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del
presente ordenamiento
, continuarán con su sustanciación de conformidad con la legislación aplicable al inicio de los mismos, debiendo aplicar los mecanismos de control jurisdiccional previstos en la
presente Ley
, de acuerdo con el principio pro persona establecido en el artículo
1o
. Constitucional.
A partir de la entrada en vigor de la
presente Ley
, se derogan todas las disposiciones normativas que contravengan la misma.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Nacional De Ejecución Penal, artículo tercero.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
