# Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos - Artículo décimo segundo

Clave: LNETB
Artículo: décimo segundo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
décimo segundo.
.- En un plazo no mayor a treinta días hábiles contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, los Sujetos Obligados de la Federación deberán informar a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones todas las soluciones tecnológicas que hayan sido desarrolladas directamente o a través de terceros, para que éstas se integren en el Repositorio Nacional de Tecnología Pública en los términos y plazos que defina la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos, artículo décimo segundo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
