---
law_key: "LNSIJPA"
law_title: "Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes"
article_key: "110"
article_label: "Artículo 110"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-110
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LNSIJPA/articulo/110/"
---

# Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes - Artículo 110

<!-- mley:article law="LNSIJPA" article="110" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO TERCERO - PROCEDIMIENTO PARA ADOLESCENTES
- TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
- CAPÍTULO II - DE LA PRESCRIPCIÓN

```text
Artículo 110. De la posible acumulación y separación de procesos
La acumulación o separación de procesos procederá y se resolverá de conformidad con el Código Nacional.

En los casos de acumulación de procesos seguidos a una misma persona adolescente, el Órgano Jurisdiccional competente decretará, en su caso, las medidas que correspondan.

En caso de que se decretara la separación de procesos que se estuvieren siguiendo a una misma persona adolescente, y se resolvieren dictando medidas en más de uno de ellos, en el caso de su ejecución se atenderá a lo establecido en el Libro Cuarto de esta Ley.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LNSIJPA sobre regla aplicable: De la posible acumulación y separación de procesos La acumulación o separación de procesos procederá y se resolverá de conformidad con el Código Nacional.

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. De la posible acumulación y separación de procesos La acumulación o separación de procesos procederá y se resolverá de conformidad con el Código Nacional.

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 110 LNSIJPA, regla aplicable, artículo 110 ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes, Adolescente, Código Nacional, Órgano Jurisdiccional

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 110 de LNSIJPA.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Adolescente | Persona cuya edad está entre los doce años cumplidos y menos de dieciocho | 3 |
| Código Nacional | Código Nacional de Procedimientos Penales | 3 |
| Órgano Jurisdiccional | El Juez de Control, el Tribunal de Enjuiciamiento, el Juez de Ejecución y el Magistrado, especializados en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes | 3 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 110 de LNSIJPA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. De la posible acumulación y separación de procesos La acumulación o separación de procesos procederá y se resolverá de conformidad con el Código Nacional.

### ¿Para qué sirve artículo 110?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
