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law_title: "Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes"
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# Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes - Artículo 149

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO TERCERO - PROCEDIMIENTO PARA ADOLESCENTES
- TÍTULO VI - DEL JUICIO
- CAPÍTULO II - DELIBERACIÓN, FALLO Y SENTENCIA

```text
Artículo 149. Obediencia debida
Se excluye la responsabilidad de la persona adolescente que al momento de la comisión de la conducta tuviere entre doce años y menos de catorce, cuando el delito se realice por orden de una persona que ejerza dirección, influencia o autoridad sobre el adolescente y éste no tuviera conocimiento pleno de la ilicitud de los hechos.

En los casos en los que la persona adolescente a que se refiere este artículo tuviera conocimiento de la ilicitud de los hechos, se le impondrá la medida de sanción de apercibimiento de la aplicación de medidas de protección.

En ambos casos, se les impondrán sesiones de asesoramiento colectivo y actividades análogas tendientes a la identificación de conductas antisociales y la inculcación de principios que fortalezcan sus valores humanos.
```

## Resumen corto

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Regla de LNSIJPA sobre sanciones y cumplimiento: Obediencia debida Se excluye la responsabilidad de la persona adolescente que al momento de la comisión de la conducta tuviere entre doce años y menos de catorce, cuando...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Obediencia debida Se excluye la responsabilidad de la persona adolescente que al momento de la comisión de la conducta tuviere entre doce años y menos de catorce, cuando el delito se realice por orden de una persona que ejerza dirección, influencia o...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 149 LNSIJPA, sanciones y cumplimiento, artículo 149 ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes, sanciones, multas, incumplimiento legal, Adolescente, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 149 de LNSIJPA.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Adolescente | Persona cuya edad está entre los doce años cumplidos y menos de dieciocho | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 149 de LNSIJPA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Obediencia debida Se excluye la responsabilidad de la persona adolescente que al momento de la comisión de la conducta tuviere entre doce años y menos de catorce, cuando el delito se realice por orden de una persona que ejerza dirección, influencia o...

### ¿Para qué sirve artículo 149?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
