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law_title: "Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes"
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# Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes - Artículo 187

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO CUARTO - EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS
- TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES PRELIMINARES

```text
Artículo 187. Del Plan Individualizado de Ejecución
Para la ejecución de las medidas de sanción que ameriten seguimiento deberá realizarse un Plan Individualizado de Ejecución que deberá:

I.	Sujetarse a los fines de la o las medidas impuestas por el Juez;

II.	Tener en cuenta las características particulares de la persona adolescente y sus posibilidades para cumplir con el Plan;

III.	Dar continuidad a los estudios de la persona adolescente en el nivel de escolaridad que le corresponda;

IV.	Escuchar y tomar en cuenta la opinión de la persona adolescente y, en su caso, de las personas responsables de las personas adolescentes, y

V.	Orientarse en los parámetros de la educación para la paz, la solución pacífica de conflictos y el aprendizaje de los derechos humanos.
```

## Resumen corto

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Regla de LNSIJPA sobre sanciones y cumplimiento: Del Plan Individualizado de Ejecución Para la ejecución de las medidas de sanción que ameriten seguimiento deberá realizarse un Plan Individualizado de Ejecución que...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Del Plan Individualizado de Ejecución Para la ejecución de las medidas de sanción que ameriten seguimiento deberá realizarse un Plan Individualizado de Ejecución que deberá:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 187 LNSIJPA, sanciones y cumplimiento, artículo 187 ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes, sanciones, multas, incumplimiento legal, Adolescente, Plan Individualizado de Ejecución

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 187 de LNSIJPA.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Adolescente | Persona cuya edad está entre los doce años cumplidos y menos de dieciocho | 3 |
| Plan Individualizado de Ejecución | El plan que diseña la Autoridad Administrativa en la Ejecución de Medidas por el que se individualiza la ejecución de las medidas de sanción, aprobado por el Juez de Ejecución | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 187 de LNSIJPA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Del Plan Individualizado de Ejecución Para la ejecución de las medidas de sanción que ameriten seguimiento deberá realizarse un Plan Individualizado de Ejecución que deberá:

### ¿Para qué sirve artículo 187?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
