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law_title: "Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes"
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# Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes - Artículo 208

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO CUARTO - EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS
- TÍTULO II - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y JURISDICCIONALES
- CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

```text
Artículo 208. Resolución de peticiones administrativas
El titular del Centro de Internamiento estará obligado a resolver dentro de un término de cinco días contado a partir de la admisión de la petición y notificar en forma inmediata a la persona peticionaria.

Si la petición fue resuelta en sentido contrario a los intereses del peticionario o la resolución dada por la autoridad administrativa no satisface la petición, éste podrá formular controversia ante el Juez de Ejecución dentro de los diez días siguientes a la fecha de notificación de la referida resolución. Si los efectos del acto son continuos o permanentes podrá plantearse en cualquier momento la controversia ante el ante el Juez de Ejecución.

Si la petición no fuere resuelta dentro del término señalado en el primer párrafo, se entenderá que la determinación fue en sentido negativo. La negativa podrá ser motivo de controversia ante el Juez de Ejecución dentro de los diez días siguientes a la fecha en que feneció el plazo para el dictado de la resolución.
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## Resumen corto

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Regla de LNSIJPA sobre regla aplicable: Resolución de peticiones administrativas El titular del Centro de Internamiento estará obligado a resolver dentro de un término de cinco días contado a partir de la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Resolución de peticiones administrativas El titular del Centro de Internamiento estará obligado a resolver dentro de un término de cinco días contado a partir de la admisión de la petición y notificar en forma inmediata a la persona peticionaria.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 208 LNSIJPA, regla aplicable, artículo 208 ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes, Autoridad Administrativa

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 208 de LNSIJPA.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridad Administrativa | Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para adolescentes | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 208 de LNSIJPA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Resolución de peticiones administrativas El titular del Centro de Internamiento estará obligado a resolver dentro de un término de cinco días contado a partir de la admisión de la petición y notificar en forma inmediata a la persona peticionaria.

### ¿Para qué sirve artículo 208?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
