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law_title: "Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes"
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# Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes - Artículo 229

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO CUARTO - EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS
- TÍTULO II - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y JURISDICCIONALES
- CAPÍTULO V - MODIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO ANTICIPADO DE LA MEDIDA DE SANCIÓN

```text
Artículo 229. Decisión del Juez sobre la sustitución o modificación de la medida
En la audiencia se debatirá sobre la conveniencia de modificar las condiciones de cumplimiento de la medida impuesta, o bien, de sustituirla por otra menos grave que sea más conveniente para la reinserción y reintegración social y familiar de la persona adolescente, ya sea a solicitud de la Defensa o a criterio del Juez de Ejecución.

El Juez de Ejecución podrá sustituir la medida de internamiento por cualquiera de las otras medidas de privación de libertad contenidas en esta Ley. Las medidas de privación de libertad diferentes al internamiento podrán ser sustituidas por cualquiera de las otras medidas no privativas de libertad.

El Juez deberá escuchar y tomar en cuenta la opinión de la persona adolescente y la persona responsable de ésta, en su caso, para la modificación o sustitución de la medida.

Al término de la audiencia, el Juez explicará a las partes y a la víctima u ofendido, en su caso, su determinación respecto de la procedencia o negativa de la modificación o sustitución de la medida, así como las obligaciones que en virtud de dicha decisión, deba cumplir la persona adolescente, la Autoridad Administrativa que supervisará dicha medida y demás servidores públicos que intervengan en la ejecución de la misma.
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## Resumen corto

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Regla de LNSIJPA sobre derechos de audiencias y contenidos: Decisión del Juez sobre la sustitución o modificación de la medida En la audiencia se debatirá sobre la conveniencia de modificar las condiciones de cumplimiento de la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Decisión del Juez sobre la sustitución o modificación de la medida En la audiencia se debatirá sobre la conveniencia de modificar las condiciones de cumplimiento de la medida impuesta, o bien, de sustituirla por otra menos grave que sea más conveniente para...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 229 LNSIJPA, derechos de audiencias y contenidos, artículo 229 ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales, Adolescente, Autoridad Administrativa, Defensa, Víctima u Ofendido, Audiencias

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 229 de LNSIJPA.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Audiencias

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Adolescente | Persona cuya edad está entre los doce años cumplidos y menos de dieciocho | 3 |
| Autoridad Administrativa | Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para adolescentes | 3 |
| Defensa | La o el defensor público o la o el defensor particular especializado en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en los términos de esta Ley | 3 |
| Víctima u Ofendido | Los señalados en el artículo 108 del Código Nacional de Procedimientos Penales | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 229 de LNSIJPA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Decisión del Juez sobre la sustitución o modificación de la medida En la audiencia se debatirá sobre la conveniencia de modificar las condiciones de cumplimiento de la medida impuesta, o bien, de sustituirla por otra menos grave que sea más conveniente para...

### ¿Para qué sirve artículo 229?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
