# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 15

Clave: LOAM
Artículo: 15
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 15
. Los Sectores Navales, son las subdivisiones geográfico-marítimas determinadas por el Alto Mando, que tienen bajo su mando unidades operativas, instalaciones y personal naval que se determine.
Tienen a su cargo la propuesta, preparación y conducción de las operaciones navales dentro de su jurisdicción. Asimismo, brindan apoyo logístico a las unidades adscritas, incorporadas y destacadas bajo su mando.
Las personas titulares de las Comandancias de los Sectores Navales serán de la categoría de Almirante y estarán subordinadas al mando de la Región o Zona Naval que corresponda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 15.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
