# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 17

Clave: LOAM
Artículo: 17
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 17
. La Flotilla Naval, es una organización operativa compuesta por dos o más escuadrillas navales y estarán subordinadas al mando naval que corresponda.
Están integradas por personal naval y unidades operativas de superficie marítimas, de acuerdo con los requerimientos operativos. Las personas titulares de las Comandancias de las Flotillas Navales serán de la categoría de Almirantes del Cuerpo General y tendrán a su cargo la supervisión de las actividades operativas, de adiestramiento y mantenimiento de las unidades adscritas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 17.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
