# Ley Orgánica De La Armada De México - Artículo 19

Clave: LOAM
Artículo: 19
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 19
. Las Unidades Operativas de Superficie Marítimas, adscritas a los Mandos Navales, son los buques de los diferentes tipos y clases, destinados a realizar las operaciones marítimas, ribereñas o lacustres que se requieran para el cumplimiento de la misión y atribuciones de la Armada de México.
Las personas titulares de las Comandancias de las Unidades Operativas de Superficie Marítimas serán de la categoría de Capitanes o de Oficiales y estarán subordinadas a la Flotilla, Escuadrilla o mando naval que corresponda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica De La Armada De México, artículo 19.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
